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Regularidad Argentina
Reglamento Técnico para Competencias de
Regularidad Automovilística
Homologado por la Comisión Deportiva
Automovilística del ACA y CODASUR
TITULO I
PRINCIPIOS GENERALES
Capítulo 1: De los principios generales que
forman este reglamento. Modos de computar los
plazos.
Todos los plazos contenidos en este REGERA se
computarán en horas y días corridos. Se
contarán las horas, a partir de la siguiente a
la que tuvo lugar el acontecimiento, desde el
cual corre y hasta el último minuto de la hora
anterior que marca su vencimiento. Los días se
contarán desde el siguiente al que tuvo lugar
el hecho desde el cual corre, hasta el día de
su vencimiento incluido.
Todo ello salvo expresa disposición en
contrario de una norma específica.
Capítulo 2: Nomenclatura. Siglas.
En el presente Reglamento, en los Reglamentos
particulares de las competencias, y en las
disposiciones y comunicaciones referentes a la
actividad deportiva, podrán utilizarse las
siglas que se expresan a continuación con la
aceptación correspondiente
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FIA |
Federación Internacional del Automóvil |
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CDI |
Código Deportivo Internacional |
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ADN |
Autoridad Deportiva Nacional reconocida
por la FIA |
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ACA |
Automóvil Club Argentino, ADN para la R.
Argentina |
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CDA |
Comisión Deportiva Automovilística,
órgano específico del ACA para el
ejercicio de su poder deportivo |
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SAPR |
Subcomisión Asesora Permanente de
Regularidad de la CDA |
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FRAD |
Federación Regional de Automovilismo
Deportivo, que practiquen regularidad
automovilística, afiliada a la CDA del
ACA |
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IRA |
Instituciones. Regularísticas privadas,
clubes, etc. afiliadas a la CDA del ACA
directamente o a través de las FRAD. |
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RDA |
Reglamento deportivo automovilístico |
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REGERA |
Reglamento General para competencias de
regularidad automovilística |
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RPP |
Reglamento Particular de la Prueba o
Competencia |
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